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Torre de Babel Ediciones

Concilios contra la orden de los caballeros templarios

Crímenes atribuidos a los templarios 

HISTORIA DE LOS TEMPLARIOS

    ► Fin de la orden de los templarios

CONCILIOS QUE SE JUNTARON PARA ENTENDER EN LAS CAUSAS DE LOS TEMPLARIOS, Y PROVIDENCIAS QUE SE TOMARON EN ELLOS

Historia de los caballeros templarios - Concilios contra los templariosEn cumplimiento de la soberana disposición de Clemente V, se juntaron algunos concilios en varios puntos de la cristiandad, de los cuales daremos una noticia sucinta, como y también de las providencias que en cada uno de ellos se tomaron a favor o contra los templarios

En Inglaterra

En Inglaterra se procedió también a la prisión de todos los templarios en el año de 1308, y en 25 de noviembre del año inmediato, el arzobispo metropolitano de Cantorberrí convocó un concilio en la iglesia de San Pablo de Londres, al cual asistieron los sufragáneos de su provincia para tratar de los asuntos de dichos caballeros. El resultado o providencias tomadas por esta santa reunión se ignora, por no haber llegado a nosotros las actas del concilio, así es que unos autores infieren, como el P. Natal Alejandro, que fueron reos de los delitos que se les imputaban, mientras que otros se inclinan a creer que no resultó contra ellos más que una sospecha general, por la cual fueron penitenciados a una reclusión perpetua en determinados monasterios, en los cuales, añaden, vivieron después santamente. Algunos historiadores hacen diferencia entre los templarios de York y los de Londres, suponiendo que los de la primera ciudad negaron constantemente los delitos que se les imputaban, al paso que algunos de la segunda se consideraron reos en cierta manera. Pero de todos modos resulta siempre que nada se justificó legalmente contra los templarios de Inglaterra, y que no hubo más que una presunción o sospecha contra ellos, por la cual se les impuso la referida penitencia.

En Alemania

Acerca los templarios de Alemania sabemos que en el concilio provincial convocado en el año de 1310 en Maguncia por el arzobispo de esta ciudad se trató entre otras cosas de la causa de estos caballeros. Estando los padres reunidos en él, se presentó repentinamente en el salón de las sesiones Hugo, conde de Silvestris y del Rin, jefe o gran maestre que era de los templarios de aquel país, que vivía en Grumbach, cerca de Mesehein, acompasado de veinte caballeros, todos con el hábito de la Orden y enteramente armados. El arzobispo, temiendo algún mal resultado, invitó al comendador o maestre a que tomara asiento, y que si tenia algo que exponer lo hiciera francamente al concilio y delante de todos. Entonces, tomando la palabra, Hugo dijo con el mayor desenfado:

«Que él y sus compañeros habían llegado a entender que aquel Sínodo se había congregado, por disposición del Papa, principalmente para destruir su Orden, imputando a sus individuos crímenes enormes e inauditos, cosa que a la verdad les era perjuicialísimo y aun intolerable, especialmente siendo condenados sin ser oídos ni convencidos; por lo que delante de aquella congregación apelaban y se agraviaban al futuro pontífice y a su universal clero, protestando públicamente que aquellos que por semejantes delitos habían sido en otras partes condenados al fuego y quemados vivos, constantemente habían negado y sufrido la muerte en la confesión. Añadiendo que su inocencia había sido comprobada por singular milagro y justa disposición de Dios en no permitir que los hábitos blancos ni las cruces rojas de los caballeros fuesen consumidas por el fuego».

En vista de esto, y a fin de evitar mayores desórdenes, admitió su protesta el presidente del concilio, contestándole que tratarían con el Soberano Pontífice a fin de impetrar que pudiesen vivir con sosiego, y en seguida fueron enviados libres a su convento o casa fuerte de Grambach. Después de este incidente el arzobispo tuvo otra comisión, y conforme a ella determinó que debía absolver a los templarios, como en efecto los absolvió por sentencia pronunciada en 1º de julio del año de 1311.

Los bienes de los templarios en estas provincias, que eran cuantiosos, fueron aplicados la mayor parte a los caballeros teutónicos, con los cuales llegaron también después a hacerse poderosos y formidables.

En Italia

La inocencia de los templarios no fue tan manifiesta en Italia. Diose la comisión de examinar la causa de los caballeros de las provincias de Lombardía, Marca Trevisana, Toscana y Dalmacia a Reinaldo, arzobispo de Rávena, junto con otros inquisidores apostólicos. En virtud de ésta se congregó en el palacio arzobispal un concilio provincial, al cual asistieron siete obispos, siete procuradores de otros tantos obispos ausentes y los tres inquisidores contra la herética pravedad de la provincia de Rávena. Reunido el día 17 de junio de 1310 para pronunciar sentencia sobre la causa que se había formado, se mandaron llamar y fueron introducidos en el concilio Ramón Fontana, Jacobo Alberto, Guillermo de Pigazanis y Pedro Cazia, caballeros templarios, a los cuales después de haberles tomado el correspondiente juramento, se les preguntó a tenor de los interrogatorios mencionados, y cada uno de ellos separadamente respondió con prontitud y constancia a todos ellos. Sin embargo, en el momento de haber de pronunciar su sentencia, hubo alguna variedad de opiniones entre los padres del concilio, como se deduce del texto literal de sus actas que trasladamos.

«Reinaldo entonces consultó al concilio acerca lo que opinaba tocante a lo obrado, y si creían que aquel juicio se había formado cuidadosa y legítimamente, en lo que convinieron todos. En seguida preguntó si debían ser puestos en tortura los templarios, y todos los padres respondieron negativamente, a excepción de dos de los tres inquisidores que fueron de contrario parecer. Después de esto preguntó otra vez a los padres del concilio si debía reservarse el juicio al Papa, lo que se denegó por todos, apoyándose en que muy luego iba a celebrarse el concilio general. Últimamente preguntó al concilio si debían ser absueltos todos los caballeros enteramente, o disponer se justificasen de los cargos que se les había formado, cuya última parte fue adoptada por el concilio «.

A pesar de esto, el día siguiente se volvieron a juntar los padres y resolvieron absolver a los inocentes, y que los culpables fuesen castigados conforme a sus delitos en la misma orden del temple, después de haber abjurado su herejía; entendiéndose también por inocentes aquellos que por temor de los tormentos hubiesen confesado algunos crímenes, con tal que después se hubiesen retractado de aquella confesión. En cuanto a sus bienes, dispusieron que se reservasen para los inocentes si estos componían la mayor parte de la Orden.

Por lo que hace a los templarios de Lombardía y Toscana, resulta que anteriormente habían confesado sus delitos ante Fr. Antonio, arzobispo de Pisa, Antonio, obispo de Florencia, Pedro de Judiéis, canónigo de Verona, y los inquisidores de aquellas provincias nombrados por el Sumo Pontífice para esta comisión, quienes dieron principio a ella el lunes 20 de setiembre de 1308, y terminaron su averiguación después de varias sesiones el día 23 de octubre del mismo año. De ella resultó declarar que unos habían sido convencidos, y otros estaban confesos en los crímenes de idolatría, herejía, blasfemia y sodomía, cuyos procesos se remitieron originales al papa Clemente V, ignorándose si el concilio de Rávena volvió a conocer o no de los mismos.

En Francia

La causa de los templarios en Francia fue mas ruidosa que en ningún país de la cristiandad. Desde el año de 1307, como hemos visto, fueron presos todos los individuos de esta Orden, habiéndose procedido, por disposición de Clemente V, al examen de sus delitos en los jefes o personas mas distinguidas de ella por tres cardenales legados, cuyos delitos al parecer confesaron, según resulta de la bula: Regnans in coelis, dirigida por su Santidad a todos los príncipes y prelados de la cristiandad para la convocación del concilio general en Viena de Francia. Los concilios provinciales que se tuvieron en este reino para la formación de la causa de los templarios fueron el de la provincia Sennense, reunido en París en 1310, el cual fue presidido por Felipe de Marigni, arzobispo de esta ciudad, hermano de Egerardo de Mariñi, ministro o superintendente de hacienda que era del rey Felipe el Hermoso, y acompañado de sus sufragáneos. En él, después de examinados los hechos de los templarios y cuanto tenia relación con su causa y delitos de que se les acusaba, en 6 de mayo de 1310, se juzgó y determinó que algunos de ellos fuesen expelidos de la orden llanamente; que a otros se les permitiese retirar libres y sin molestia tan luego como acabasen de cumplir la penitencia que se les había impuesto; que otros fuesen mantenidos en rigurosa y estrecha prisión; que otros muchos fuesen emparedados perpetuamente, y últimamente que algunos de ellos, como relapsos en la herejía, fuesen degradados por el obispo, los que hubiesen sido promovidos a las sagradas órdenes, y entregados al brazo seglar.

Hablando el obispo Bernardo Guido de este suceso en la vida de Clemente V, se explica en estos términos:

«A 6 de mayo de 1310, congregados el arzobispo senonense y sus sufragáneos en concilio provincial en Paris, fueron juzgados y sentenciados los templarios, por sus propias confesiones, como impenitentes en su profana y nefanda profesión, y fueron entregados al brazo seglar y quemados públicamente; pero en medio de todo esto hubo una cosa admirable, y fue que todos y cada uno de ellos se retractaron de cuanto habían confesado en juicio, diciendo que solo lo habían hecho por el temor y violencia de los tormentos».

Otros dicen que los caballeros habían verdaderamente confesado los delitos atribuidos a la Orden, y que por lo mismo los jueces no los condenaron a muerte sino a cárcel perpetua. Añaden que la sentencia se publicó en la iglesia mayor de Paris, y que entonces el gran maestre de ultramar, que como hemos dicho lo era Jacobo o Santiago de Molay, y otros caballeros retractaron su confesión asegurando la inocencia de la Orden, sin embargo de que sabían que esta retractación sería castigada con una muerte cruel. Entonces los jueces se tomaron algún tiempo para deliberar y resolver sobre el particular, pero el mismo día el rey Felipe el Hermoso, de su propia autoridad y sin consultar a los jueces eclesiásticos, les hizo quemar vivos, cuya muerte horrorosa, se añade, sufrieron con una serenidad y constancia admirable, y que conmovió a todos los espectadores.

«En la hora de la muerte, exclamaron aligados ya al palo mismo en que iban a ser quemados, no es tiempo de mentir. Juramos pues, por lo mas sagrado que hay, que es falso cuanto se nos ha acriminado. Confesamos igualmente que somos reos de muerte por el falso testimonio que hemos levantado a nuestra Orden por complacer al Rey de Francia y al Papa. Y por grande y horroroso que sea el suplicio que vamos a sufrir, confesamos que nos hemos hecho dignos de él por la debilidad y falta de constancia con que hemos infamado vilmente nuestra Orden y a nuestros cohermanos, y tal vez por este medio se dignará Dios perdonar nuestros pecados».

Cincuenta y nueve caballeros fueron quemados vivos, la flor y nata de toda la nobleza, cerca la abadía de San Antonio de París, todos protestando de su inocencia, y retractando las confesiones que en el tormento se les habían arrancado.

El gran maestre Jacobo de Molay, valeroso y respetable anciano que había sacado de pila a un hijo del Rey, igual en dignidad a los mismos soberanos; Guido comendador de Aquitania, hijo de Roberto II y de Mahalda de Auvernia y hermano del Delfín de Auvernia, y Hugo de Peralda, gran prior de Francia, que, habiendo sido presos cuando los demás templarios, permanecieron largo tiempo en las prisiones mientras se les formaba el proceso, en el cual fueron examinados hasta doscientos treinta y un testigos.

Cuando el gran Maestre, que como casi todos los nobles de aquellos tiempos no sabía leer ni escribir, compareció cargado de cadenas ante los ocho jueces comisionados para que ratificase sus declaraciones, dijo que le habían dejado tan pobre que no tenía para costear siquiera los gastos de la causa, y que por lo mismo pedía le concediesen algunos abogados que le defendiesen; lo que, añaden, le fue negado, diciéndole que bien podía acordarse sin necesidad de ellos de su declaración. Leída ésta de nuevo, fue tanto lo que le sorprendió que, haciéndose la señal de la cruz por dos veces, se quejó amargamente de los jueces que habían firmado el interrogatorio, añadiendo que si fuesen de otra clase les respondería en otros términos, y concluyó diciendo que a lo menos permitiera Dios «les abriesen el vientre cual los tártaros y sarracenos ejecutaban con los embusteros y falsarios».

El historiador francés Vertot dice que por acriminar más al gran Maestre se habían añadido en su declaración varias circunstancias agravantes, y que en vista de todo fueron condenados a morir a fuego lento. Conducidos al cadalso, el verdugo comenzó a preparar la fatal hoguera para atemorizarles, en cuyo crítico y terrible trance, y a la vista y funesta luz de la misma hoguera en que iban a ser quemados, se les volvió á leer toda la causa, sus primeras confesiones y la nueva sentencia en que se moderaba el castigo en una prisión perpetua si confesaban públicamente sus delitos. Pero el gran Maestre, reanimándose de pronto y sacudiendo con fuerza las cadenas que le tenían aprisionado, exclamó con una voz terrible:

«Voy en fin a decir la verdad, ya que tanto tiempo la oculto con mentiras. Dígnate, o mi Dios, de escucharme, y recibir el juramento que aquí hago; sírvame de mérito para cuando comparezca ante tu supremo tribunal. Juro que cuanto acaba de imputarse a los templarios es falso; que siempre esta Orden ha defendido con el mayor celo la religión; que ha sido católica, justa y ortodoxa; que si he caído en la flaqueza de hablar de diferente modo, a instancia de mis jueces y por escapar de los horribles dolores que me hacían sentir en la tortura, ahora me arrepiento de todo. Bien conozco que con esto irrito más y más a mis verdugos, y bien estoy viendo la hoguera que contra mi se prepara, pero me resigno humildemente, y estoy pronto a sufrir cuantos tormentos quieran hacerme probar, bien convencido, Dios mío, de que no hay ninguno que alcance a expiar la ofensa que he hecho a mis hermanos, a la verdad y a la religión».

Como, al mismo tiempo, el hermano del Delfín de Auvernia persistiese también en su retractación, fue atado como el gran Maestre de espaldas a un mismo palo, y se les fue aplicando lentamente el fuego, comenzando por la planta de los pies; y sin embargo de tan crueles tormentos, se mantuvieron constantes en su última confesión, protestando su inocencia. Invocaban sin cesar el dulce nombre de Jesús, y con no visto e inaudito fervor le pedían les diese ánimo y esfuerzo en tan terrible trance; y atemorizado el pueblo con un espectáculo a la vez tan tierno y horroroso, prorrumpió en grandes lágrimas y gemidos, lleno de compasión por aquellos tan desgraciados caballeros, y aun se añade que se arrojó a la hoguera intentando salvarlos, pero que ya habían dejado de existir, y que no, pudiendo otra cosa, se llevaron sus cenizas como preciosas reliquias.

Sufrieron tan terrible suplicio el día 18 de marzo de 1314, en la punta de una isla del Sena, delante de la iglesia catedral de París, en la plaza del Delfín, en el mismo sitio que ahora ocupa la estatua ecuestre de Henrique IV.

Los otros comendadores que no tuvieron bastante ánimo para retractarse de su primera confesión, se les perdonó y fueron tratados con benignidad.

Se añade que el gran Maestre, al poner a Dios por testigo de su inocencia, emplazó al tribunal del mismo Dios al Papa Clemente V dentro de cuarenta días, y al rey dentro del año, vaticinio que afirman se cumplió. Sin embargo muchos creen, y tal vez no sin razón, que este emplazamiento o predicción fue fraguada en tiempos posteriores. Pero lo que sí parece cierto es que ninguno de los principales instigadores de este proceso tuvieron buen fin. El prior de Montefalcon y Nofe Dei, primeros acusadores de los templarios sus cohermanos, murieron el primero desastradamente, y el segundo ahorcado por nuevos delitos.

El ministro de hacienda de Felipe el Hermoso, Engerando de Mariñí, otro de los más encarnizados enemigos de los caballeros del Temple, fue también ahorcado en el año de 1315, día de la Ascensión, antes de amanecer, en una horca que él mismo había hecho levantar en Montefalcon, y el rey murió antes del año, el 29 de noviembre de 1314, de una caída de caballo, estando cazando en los montes de Fontainebleau, y teniendo sólo cuarenta y seis años de edad.

No se sabe, dice Bossuet, hablando de los templarios, si en esto hubo más avaricia y venganza que justicia. San Antonio, Mariana, Vertot, Tritemio, Mexia, Zapater, Campomanes, Feijoó, y en general casi todos los escritores de nota opinan de la misma manera.

El otro concilio que se reunió en Francia para la causa de los templarios fue el de Senlis, en la provincia de Reims, en el mismo año que el de París, en el cual fueron también relajados y entregados al brazo seglar nueve templarios, los cuales perecieron vivos entre las llamas, como los de París.

Otro concilio se celebró en igual tiempo en el arzobispado rotomagense o de Ruan en el cual fueron condenados los templarios de aquella provincia, si bien que ignoramos si alguno de ellos lo fue particularmente. En general resulta, si hemos de dar crédito a la mayor parte de los historiadores franceses, que no hubo apenas un templario en aquella nación que no resultase cómplice o reo de los delitos de que generalmente se les acusaba.

En España y Portugal

En ningún país fue tan manifiesta y justamente comprobada la inocencia de los templarios como en España y Portugal. Su causa y los delitos de que les acusaban fueron ventilados con el tino y madurez que merecía asunto de tanta importancia, en los dos concilios que para esto se convocaron en Salamanca y Tarragona, y en ellos fueron declarados, por sentencia formal, libres e inocentes de cuantos crímenes les imputaban.

En cumplimiento de la encíclica o circular que en 1308 pasó Clemente V a los soberanos y prelados de toda la cristiandad con los interrogatorios y bulas de que se ha hecho mención, los reyes don Fernando IV de Castilla, llamado el Emplazado, y don Dionisio I de Portugal procedieron a la confiscación de los bienes que pertenecían a los templarios de sus reinos respectivos.

Su Santidad, con fecha 31 de julio de 1308, dio comisión especial a los arzobispos de Toledo y Santiago para que, en unión con Aymerico, inquisidor apostólico, junto con otros prelados, procediesen contra los caballeros templarios de la corona de Castilla, de los cuales era superior o maestre provincial don Fr. Rodrigo Ibáñez. Tomada razón de su causa, fueron estos citados, en 15 de abril de 1310, por don Gonzalo, arzobispo de Toledo; y después de formados los procesos correspondientes, se resolvió, en cumplimiento de lo que disponía Su Santidad, convocar un concilio provincial para su determinación.

En el ínterin, el rey don Fernando IV dispuso asegurar las personas de los templarios y secuestrar sus bienes.

No se obró del mismo modo en Portugal, porque si bien el obispo de Lisboa y otros prelados comisionados al efecto procedieron a la averiguación de los cargos que se hacían a los templarios, no creyeron haber motivo bastante para ponerles presos, lo que algunos atribuyen a la piedad o justicia del rey don Dionisio, que bien penetrado de su inocencia interpondría toda su autoridad, y no permitiría fuesen atropellados unos caballeros que tanto se habían distinguido en defensa de sus estados.

Formados los procesos contra los templarios de Castilla y Portugal, se convocó, en el año de 1310, el concilio en la ciudad de Salamanca, en el cual asistieron Rodrigo, arzobispo de Santiago, Juan, obispo de Lisboa, Vasco, que lo era de la Guardia, Gonzalo, de Zamora, Pedro, de Ávila, Alonso, de Ciudad Rodrigo, Domingo, de Plasencia, Rodrigo, de Mondoñedo, Alonso, de Astorga, Juan, de Tuy, y Juan, de Lugo, los cuales, después de haber tomado las confesiones a todos los que se suponían reos, y practicar las demás diligencias conducentes para la averiguación de la verdad, y haber procedido en todo con el tino y madurez propia de los padres de un concilio y del asunto que se trataba, a unanimidad de votos, declararon absolutamente libres a los templarios de los reinos de Castilla, León y Portugal, de todos cuantos cargos se les hacían, reservando no obstante al Papa la final determinación de lo acordado y resuelto por el concilio. En virtud de esta sentencia formal, todos los templarios de los reinos referidos quedaron enteramente libres, como dice Mariana, y jamás se les volvió a incomodar en lo más mínimo sobre este asunto.

La causa de los templarios en Aragón, Cataluña y Valencia fue algo mas ruidosa que en lo restante de España. Habiendo recibido el rey D. Jaime II, hallándose en Valencia, el día 1º de diciembre de 1307, la carta del rey de Francia Felipe el Hermoso, fecha 15 de octubre del mismo año, en la cual le manifestaba, lo mismo que hacía a los demás soberanos de Europa, la prisión que acababa de hacer en su reino de todos los templarios y confiscación de sus bienes, y le exhortaba al mismo tiempo a obrar de la misma manera con los templarios de sus estados, mandó expedir inmediatamente las correspondientes órdenes para prender a todos los caballeros de dicha orden existentes en Aragón y demás dominios de este reino. Al saber los templarios lo que se intentaba contra ellos, temiendo con justa razón algún atentado y tropelía, en vista de lo que estaba pasando a sus cohermanos en Francia por parte del populacho conmovido con lo que se había divulgado contra ellos por el rey Felipe, determinaron hacerse fuertes en los castillos de la Orden. Luego que el rey supo que los templarios en vez de comparecer a su llamamiento se habían encastillado en sus fortalezas, dispuso que se les atacase y que a fuerza de armas se les precisase a obedecer; lo que en efecto se consiguió en 1308, según dice Zurita, después de largas y porfiadas defensas, siendo entonces maestre provincial y lugarteniente en la corona de Aragón Fr. don Bartolomé Belbis Castellan de Monzón.

Rendidos los templarios y puestos en varias prisiones, acudieron al arzobispo que era entonces de Tarragona don Guillen de Rocaberti, suplicándole se sirviera convocar un concilio, en el que se viese y fallase su causa. Defiriose por algún tiempo a su pretensión, hasta que por fin, congregado el concilio de Tarragona, y presidido por el referido arzobispo, con asistencia de Raimundo, obispo de Valencia, Eximio, que lo era de Zaragoza, Martín, de Huesca, Berenguer, de Vich, Francisco, de Tortosa, no habiendo comparecido el de Lérida por indisposición, pero si los procuradores de varios abades, cabildos y otras personas calificadas, en virtud de convocatoria expedida por dicho arzobispo en 10 de agosto de 1312, y estando presentes los templarios de la provincia citados también al efecto, se procedió detenidamente al examen de testigos, y después de haber observado cuantas formalidades están prevenidas en derecho, en 4 de noviembre del mismo año de 1312, se declaró la inocencia de los caballeros templarios

Había obrado con notable madurez en la averiguación de los delitos atribuidos a los templarios el P. Fr. Juan Lotger, del orden de Predicadores e Inquisidor general diputado especial por la santa Sede para esta causa en los reinos de Aragón, cuyo pesquisidor usó, según dice Zurita, de una exactísima severidad en los procedimientos que formó, no sólo contra los templarios sino también contra sus confidentes y favorecedores. Sin embargo, resultaron todos inocentes, y como tales se les declaró, según se deduce del contenido de las actas del concilio publicadas por el cardenal Aguirre, que dicen así:

«Por lo que, por definitiva sentencia, todos y cada uno de los templarios fueron absueltos de todos los delitos, errores e imposturas de que eran acusados, y se mandó que nadie se atreviera a infamarlos, por cuanto en la averiguación hecha por el concilio fueron hallados libres de toda mala sospecha; cuya sentencia fue leída en la capilla del Corpus Cristi del claustro de la iglesia metropolitana de Tarragona en el día 4 de noviembre de dicho año de 1312, por Arnaldo Cascon, canónico de Barcelona, estando presentes el arzobispo y demás prelados que componían el concilio.»

Y a fin de que se vea más claramente si la inocencia de los templarios de la corona de Aragón sería a toda prueba en el concepto de los padres del concilio, bastará continuar otro trozo de las mismas actas, en las cuales se lee: que sin embargo de haber mandado ya el sumo Pontífice en aquella fecha extinguir en todo el orbe y para siempre la orden del Temple, dudó el concilio sin saber qué resolver acerca de los templarios de esta provincia; y que finalmente, después de varias razones que se dedujeron por una y otra parte, y considerando bien el asunto, determinó últimamente que en las diócesis en que dichos caballeros poseían rentas, se las diesen de las que pertenecían a su Orden congrua sustentación y asistencia; que cada uno de ellos estuviese sujeto a la obediencia, corrección y visita del obispo en cuya diócesis residiese; y que viviesen de tal forma que no causasen escándalo; ínterin que por el sumo Pontífice se determinaba lo que se había de hacer de ellos. Todo lo cual, concluyen las actas, se ejecutó en la misma forma que por el santo concilio se había determinado.

 

Crímenes atribuidos a los templarios 

HISTORIA DE LOS TEMPLARIOS

    ► Fin de la orden de los templarios

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