| |
|

|
 |
|
|
|
Ley natural
Es la
“participación de la ley eterna en la criatura racional”. Dirige y ordena
nuestros actos para la adecuada realización de los bienes que nos son
propios.
Ya los
griegos habían considerado que la naturaleza es un principio dinámico que
se encuentra en los seres naturales y capaz de determinar el
comportamiento ordenado y legal de los seres. Las leyes naturales
determinan el tipo de comportamiento que corresponde a cada cuerpo o ser
natural. Santo Tomás acepta este punto de vista al considerar que
los hombres tienen un conjunto de inclinaciones que corresponden a su
propia naturaleza (como el apetito por el conocimiento, la libertad, la
procreación, la sociabilidad, ...) y creerá posible establecer una
división entre la conducta buena y la mala atendiendo a la compatibilidad
de dichas conductas con las inclinaciones naturales: aquellas conductas
que permiten la realización de las inclinaciones naturales son buenas y
las que sean antinaturales malas. La principal diferencia del
planteamiento tomista respecto del planteamiento griego está en que para
Tomás de Aquino estas inclinaciones naturales descansan en último término
en Dios, quien por su providencia gobierna todas las cosas y les da las
disposiciones convenientes para su propia perfección. Aunque esta
fundamentación teológica está implícitamente en algunas tesis platónicas y
aristotélicas, no se presenta en la filosofía de estos autores con la
claridad e importancia que lo hace en la tomista.
Algunas de
estas inclinaciones que se encuentran en la naturaleza humana se
encuentran también en otros seres y otras son exclusivas del ser humano
(como la inclinación natural a la verdad y el conocimiento, o la
inclinación hacia lo trascendente o Dios). Por ello, hay ciertos mandatos
ordenados por la ley natural que describen conductas comunes con otros
seres naturales, como el cuidado de la propia vida, la procreación y el
cuidado de los hijos, pero también otros típicamente humanos, como la
búsqueda de la verdad.
En los
seres irracionales la ley eterna inscrita en su naturaleza determina su
comportamiento de manera pasiva y necesaria, en los hombres descansa en su
razón y se realiza a partir de su voluntad y libertad. En sentido
estricto, Santo Tomás interpretaba la ley natural como la ley moral, y
la identificaba con la razón humana que ordena hacer el bien y prohibe
hacer el mal. La ley moral es natural y racional: racional
porque es enunciada y dictada por la razón; natural porque la propia razón
es un rasgo de la naturaleza humana y porque describe las acciones
convenientes para los fines inscritos en nuestra naturaleza. Dice Santo
Tomás “la ley natural no es otra cosa que la luz de la inteligencia puesta
en nosotros por Dios; por ella conocemos lo que es preciso hacer y lo que
es preciso evitar.” Contiene los preceptos fundamentales que rigen la vida
moral, el primero de los cuales es “debe hacerse el bien y evitarse el
mal” y en el que se fundan todos los demás preceptos de la ley natural.
Dado que
la ley natural se fundamenta en la naturaleza humana, y ésta en Dios, la
ley natural no es convencional, es inmutable y la misma para todos
(universal).
Santo Tomás - Esquema de su pensamiento
- Resumen de la filosofía tomista para la preparación de la PAU
(prueba de acceso a la universidad)
|
|
TEXTOS DE SANTO TOMÁS
Santo Tomás
defiende en el siguiente texto fundamental de Suma
Teológica la existencia de un primer precepto de la
ley natural («el bien ha de hacerse y buscarse; el mal
ha de evitarse») vinculado a la razón práctica, análogo al
primer principio al que se somete la razón teórica. Junto
con ello, muestra la relación de los bienes con las
inclinaciones humanas.
|
Como ya dijimos (q.91 a.3), los principios de la
ley natural son en el orden práctico lo que los primeros
principios de la demostración en el orden especulativo, pues
unos y otros son evidentes por sí mismos. Ahora bien, esta
evidencia puede entenderse en dos sentidos: en absoluto y en
relación a nosotros. De manera absoluta es evidente por sí
misma cualquier proposición cuyo predicado pertenece a la
esencia del sujeto; pero tal proposición puede no ser
evidente para alguno, porque ignora la definición de su
sujeto. Así, por ejemplo, la enunciación «el hombre es
racional» es evidente por naturaleza, porque el que dice
hombre dice racional; sin embargo, no es evidente para quien
desconoce lo que es el hombre. De aquí que, según expone Boecio en su obra De hebdomad., hay axiomas o
proposiciones que son evidentes por sí mismas para todos; y
tales son aquellas cuyos términos son de todos conocidos, como
«el todo es mayor que la parte» o «dos cosas iguales a una
tercera son iguales entre sí». Y hay proposiciones que son
evidentes por sí mismas sólo para los sabios, que entienden la
significación de sus términos. Por ejemplo, para el que sabe que
el ángel no es corpóreo y entiende lo que esto significa,
resulta evidente que el ángel no esta circunscrito a un lugar;
mas no así para el indocto, que desconoce el sentido estricto de
estos términos.
Ahora bien, entre las cosas que son conocidas de todos hay un
cierto orden. Porque lo primero que alcanza nuestra aprehensión
es el ente, cuya noción va incluida en todo lo que el hombre
aprehende. Por eso, el primer principio indemostrable es que «no
se puede afirmar y negar a la vez una misma cosa», principio que
se funda en las nociones de ente y no-ente y sobre el cual se
asientan todos los demás principios, según se dice en IV
Metaphys. Mas así como el ente es la noción absolutamente
primera del conocimiento, así el bien es lo primero que se
alcanza por la aprehensión de la razón práctica, ordenada a la
operación; porque todo agente obra por un fin, y el fin tiene
razón de bien. De ahí que el primer principio de la razón
práctica es el que se funda sobre la noción de bien, y se
formula así: «el bien es lo que todos apetecen». En
consecuencia, el primer precepto de la ley es éste: «El bien ha
de hacerse y buscarse; el mal ha de evitarse». Y sobre éste se
fundan todos los demás preceptos de la ley natural, de suerte
que cuanto se ha de hacer o evitar caerá bajo los preceptos de
esta ley en la medida en que la razón práctica lo capte
naturalmente como bien humano .
Por otra parte, como el bien tiene razón de fin, y el mal, de lo
contrario, síguese que todo aquello a lo que el hombre se siente
naturalmente inclinado lo aprehende la razón como bueno y, por
ende, como algo que debe ser procurado, mientras que su
contrario lo aprehende como mal y como vitando. De aquí que el
orden de los preceptos de la ley natural sea correlativo al
orden de las inclinaciones naturales. Y así encontramos, ante
todo, en el hombre una inclinación que le es común con todas las
sustancias, consistente en que toda sustancia tiende por
naturaleza a conservar su propio ser. Y de acuerdo con esta
inclinación pertenece a la ley natural todo aquello que ayuda a
la conservación de la vida humana e impide su destrucción. En
segundo lugar, encontramos en el hombre una inclinación hacia
bienes más determinados, según la naturaleza que tiene en común
con los demás animales. Y a tenor de esta inclinación se
consideran de ley natural las cosas que la naturaleza ha
enseñado a todos los animales, tales como la conjunción de
los sexos, la educación de los hijos y otras cosas semejantes.
En tercer lugar, hay en el hombre una inclinación al bien
correspondiente a la naturaleza racional, que es la suya propia,
como es, por ejemplo, la inclinación natural a buscar la verdad
acerca de Dios y a vivir en sociedad. Y, según esto, pertenece a
la ley natural todo lo que atañe a esta inclinación, como evitar
la ignorancia, respetar a los conciudadanos y todo lo demás
relacionado con esto.
Santo Tomás, Suma
Teológica I-II, cuestión 94, artículo 2
|
|
Edición en papel:
Historia de la Filosofía. Volumen 2: Filosofía
Medieval y Moderna.
Javier Echegoyen Olleta. Editorial Edinumen. |
|