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Torre de Babel Ediciones

LOCE – Ley Orgánica de Calidad de la Educación – Indice

LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre,
de CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (LOCE)

(BOE Núm. 307, martes, 24 de diciembre de 2002)

Ver Índice General

Sobre algunos temas fundamentales:

Estructura del Sistema Educativo

Preescolar, Educación Infantil

Educación PrimariaÁreas en Educación primariaPrueba de Evaluación General de Diagnóstico en Primaria

ESO, Asignaturas en ESO, Itinerarios en ESO, Programas de Iniciación Profesional, Prueba de Evaluación General de Diagnóstico en ESO

Bachillerato, Modalidades y Asignaturas en Bachillerato, Prueba General de Bachillerato

Formación Profesional

Alumnos con necesidades educativas específicas (extranjeros, superdotados intelectualmente, con necesidades educativas especiales),

Enseñanza de IdiomasEnseñanzas para adultos

Función docente (formación del profesorado, su valoración

Calendario de aplicación de la Ley

Área o asignatura de Sociedad, Cultura y Religión (ver también «Áreas en Educación primaria«, «Asignaturas en ESO» y Modalidades y Asignaturas en Bachillerato«),

Creación  y función de los Cuerpos de Catedráticos,

Carrera docente

Título de Especialización Didáctica

LEY DE CALIDAD – ÍNDICE
(haciendo «clic» en el texto subrayado podrás ver el texto correspondiente en una ventana)

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

TÍTULO PRELIMINAR   

CAPÍTULO I – De los principios de calidad  

Artículo 1. Principios

CAPÍTULO II – De los derechos y deberes de padres y alumnos

Artículo 2Alumnos.

Artículo 3. Padres

CAPÍTULO III – De las becas y ayudas al estudio y de los premios y reconocimientos 

Artículo 4. Becas y ayudas al estudio

Artículo 5. Premios y reconocimientos

CAPÍTULO IV – De los programas de cooperación 

Artículo 6. Programas de cooperación

TÍTULO I –  De la estructura del Sistema Educativo

CAPÍTULO I –De los principios generales

Artículo 7. Ámbito

Artículo 8Currículo.

Artículo 9. Enseñanza básica

CAPÍTULO II –De la Educación Preescolar

Artículo 10. Ámbito

CAPÍTULO III –De la Educación Infantil  

Artículo 11. Principios generales

Artículo 12. Objetivo

Artículo 13. Organización

CAPÍTULO IV – De la Educación Primaria

Artículo 14. Principios generales

Artículo 15. Objetivo

Artículo 16. Organización

Artículo 17. Evaluación

Artículo 18. Evaluación general de diagnóstico

Artículo 19. Profesorado

CAPÍTULO V – De la Educación Secundaria

Artículo 20. Ámbito

SECCIÓN 1ª DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA 

Artículo 21. Principios generales

Artículo 22. Objetivo

Artículo 23. Organización

Artículo 24. Métodos

Artículo 25. Medidas de refuerzo y apoyo

Artículo 26. Itinerarios

Artículo 27. Programas de iniciación profesional

Artículo 28. Evaluación

Artículo 29. Promoción

Artículo 30. Evaluación general de diagnóstico

Artículo 31. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Artículo 32. Profesorado

SECCIÓN 2ª DEL BACHILLERATO 

Artículo 33. Principios generales

Artículo 34. Objetivo

Artículo 35. Organización

Artículo 36. Profesorado

Artículo 37. Título de Bachiller

CAPÍTULO VI – De la Formación Profesional

Artículo 38Acceso.

Artículo 39. Convenios

CAPÍTULO VII – De la atención a los alumnos con necesidades educativas específicas  

SECCIÓN 1ª DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD

Artículo 40. Principios

Artículo 41. Recursos

SECCIÓN 2ª DE LOS ALUMNOS EXTRANJEROS

Artículo 42. Incorporación al sistema educativo

SECCIÓN 3ª DE LOS ALUMNOS SUPERDOTADOS INTELECTUALMENTE 

Artículo 43Principios.

SECCIÓN 4ª DE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES  

Artículo 44. Ámbito

Artículo 45. Valoración de necesidades

Artículo 46. Escolarización

Artículo 47.Recursos de los centros.

Artículo 48.Integración social y laboral. 

TÍTULO II – De las enseñanzas de idiomas

Artículo 49. Ámbito y estructura

Artículo 50. Escuelas Oficiales de Idiomas

Artículo 51. Realización de pruebas en el sistema escolar

TÍTULO III – Del aprendizaje permanente: enseñanzas para las personas adultas

Artículo 52. Objetivo

Artículo 53. Enseñanza básica

Artículo 54. Enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional

Artículo 55. Profesorado

TÍTULO IV – De la función docente  

Artículo 56. Funciones del profesorado

CAPÍTULO I – De la formación del profesorado 

Artículo 57. Principios

Artículo 58. Formación inicial

Artículo 59. Formación permanente.

CAPÍTULO II –De la valoración de la función pública docente   

Artículo 60. Planes de valoración

Artículo 61. Evaluación voluntaria

Artículo 62. Medidas de apoyo al profesorado

TÍTULO V – De los centros docentes   

CAPÍTULO I – De los principios generales

Artículo 63. Régimen jurídico

Artículo 64. Clasificación de centros

Artículo 65. Tipología de centros

Artículo 66. Centros docentes con especialización curricular

Artículo 67. Autonomía de los centros

Artículo 68. Autonomía pedagógica

Artículo 69. Autonomía organizativa.

Artículo 70. Autonomía de gestión económica

CAPÍTULO II – De los centros públicos  

Artículo 71. Denominación de los centros públicos

Artículo 72. Admisión de alumnos

CAPÍTULO III – De los centros privados   

Artículo 73. Carácter propio de los centros privados

Artículo 74. Centros privados en el exterior

CAPÍTULO IV – De los centros concertados   

Artículo 75. Conciertos

Artículo 76. Módulos del concierto

CAPÍTULO V – De los órganos de gobierno, órganos de participación en el control y gestión y órganos de coordinación de los centros docentes públicos   

SECCIÓN 1ª PRINCIPIOS GENERALES 

Artículo 77. Principios

Artículo 78. Tipos de órganos

SECCIÓN 2ª ÓRGANOS DE GOBIERNO 

Artículo 79. Director

Artículo 80. Equipo directivo

SECCIÓN 3ª ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CONTROL Y GESTIÓN DE LOS CENTROS 

Artículo 81. Consejo Escolar

Artículo 82. Atribuciones del Consejo Escolar

Artículo 83Claustro de profesores

Artículo 84. Atribuciones del Claustro de profesores

SECCIÓN 4ª ÓRGANOS DE COORDINACIÓN  

Artículo 85. Órganos de coordinación docente

CAPÍTULO VI – De la selección y nombramiento del Director de los centros docentes públicos  

Artículo 86Principios generales.

Artículo 87. Requisitos.

Artículo 88. Procedimiento de selección

Artículo 89. Nombramiento

Artículo 90. Duración del mandato

Artículo 91. Nombramiento con carácter extraordinario

Artículo 92. Apoyo al ejercicio de la función directiva

Artículo 93. Cese del Director

Artículo 94. Reconocimiento de la función directiva

TÍTULO VI – De la evaluación del sistema educativo   

Artículo 95. Ámbito de la evaluación

Artículo 96. Instituto Nacional de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo

Artículo 97. Evaluaciones generales de diagnóstico

Artículo 98. Sistema Estatal de Indicadores de la Educación

Artículo 99. Plan de Evaluación General del Sistema

Artículo 100. Publicación de los resultados de las evaluaciones

Artículo 101. Otros planes de evaluación

TÍTULO VII – De la inspección del sistema educativo  

Artículo 102. Inspección del sistema educativo

CAPÍTULO I – De la Alta Inspección   

Artículo 103. Ámbito

Artículo 104. Competencias

CAPÍTULO II – De la inspección educativa 

Artículo 105. Funciones

Artículo 106. Organización de la inspección educativa

Artículo 107. Formación de los Inspectores de Educación

DISPOSICIONES

DISPOSICIONES ADICIONALES 

Disposición adicional primera. Del calendario de aplicación de la Ley

Disposición adicional segunda. Del área o asignatura de Sociedad, Cultura y Religión

Disposición adicional tercera. De los libros de texto y demás materiales curriculares

Disposición adicional cuarta. Del calendario escolar

Disposición adicional quinta. Sobre la admisión de alumnos en los centros sostenidos con fondos públicos en caso de no existir plazas suficientes

Disposición adicional sexta. De los centros que estén autorizados para impartir el primer ciclo de Educación Infantil

Disposición adicional séptima. De los centros autorizados para impartir la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y la modalidad de Tecnología en Bachillerato

Disposición adicional octava. Bases del régimen estatutario de la función pública docente

Disposición adicional novena. Creación de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño

Disposición adicional décimaFunciones de los Cuerpos de Catedráticos.

Disposición adicional undécima. Carrera docente

Disposición adicional duodécima. Del título profesional de Especialización Didáctica

Disposición adicional decimotercera. Concertación de los Programas de Iniciación Profesional

Disposición adicional decimocuarta. Centros integrados de Formación Profesional

Disposición adicional decimoquinta. De la información de carácter tributario

Disposición adicional decimosexta. Participación de los Directores

Disposición adicional decimoséptima. Doble titulación

Disposición adicional decimoctava. Concertación de la Educación Infantil

Disposición adicional decimonovena. Progresividad en el acceso al régimen de conciertos

DISPOSICIONES TRANSITORIAS  

Disposición transitoria primera. De la duración del mandato de los órganos de gobierno de los centros

Disposición transitoria segunda. De la adaptación de los centros que imparten Educación Infantil

Disposición transitoria tercera. Adquisición de la categoría de Director

Disposición transitoria cuarta. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes

Disposición transitoria quinta. Vigencia de normas reglamentarias

Disposición transitoria sexta. Transformación de los conciertos

Disposición transitoria séptima

Disposición derogatoria única

DISPOSICIONES FINALES 

Disposición final primera. Modificaciones de la Ley Orgánica 8/1985,de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación

Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 1/1990,de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo

Disposición final terceraDe las referencias a la condición de Catedrático y al término «enseñanzas comunes».

Disposición final cuarta. Modificación de la Ley Orgánica 9/1995,de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes

Disposición final quinta. De los Inspectores de Educación

Disposición final sexta. Del título competencial

Disposición final séptima. Vigencia de la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios

Disposición final octava. De la alta inspección

Disposición final novena. Desarrollo de la presente Ley

Disposición final décima. Del carácter de Ley Orgánica de la presente Ley

Disposición final undécima. De la entrada en vigor

©de la edición: Javier Echegoyen Olleta

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