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LEY FUNDAMENTAL DE
17 DE MAYO DE 1958 POR LA QUE SE PROMULGAN LOS PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO
NACIONAL
JEFATURA DEL ESTADO (B. O. del E. núm. 119, 19 de mayo
de 1958, págs. 4511-4512) |
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LEYES
FUNDAMENTALES
JEFATURA DEL ESTADO
LEY FUNDAMENTAL DE 17 DE MAYO DE 1958 POR
LA QUE SE PROMULGAN LOS PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO NACIONAL
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YO, FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE, CAUDILLO DE ESPAÑA,
CONSCIENTE DE MI RESPONSABILIDAD ANTE DIOS Y ANTE LA HISTORIA, EN
PRESENCIA DE LAS CORTES DEL REINO, PROMULGO COMO
PRINCIPIOS DEL
MOVIMIENTO NACIONAL, ENTENDIDO COMO COMUNIÓN DE LOS ESPAÑOLES EN LOS
IDEALES QUE DIERON VIDA A LA CRUZADA, LOS SIGUIENTES: |
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I
España es una unidad de destino en lo universal. El
servicio a la unidad, grandeza y libertad de la Patria es deber sagrado
y tarea colectiva de todos los españoles.
II
La Nación española considera como timbre de honor el
acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia
Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la
conciencia nacional, que inspirará su legislación.
III
España, raíz de una gran familia de pueblos, con los
que se siente indisolublemente hermanada. aspira a la instauración de la
justicia y de la paz entre las naciones.
IV
La unidad entre los hombres y las tierras de España es
intangible. La integridad de la Patria y su independencia son exigencias
supremas de la comunidad nacional. Los Ejércitos de España, garantía de
su seguridad y expresión de las virtudes heroicas de nuestro pueblo,
deberán poseer la fortaleza necesaria para el mejor servicio de le
Patria.
V
La comunidad nacional se funda en el hombre, como
portador de valores eternos, y en la familia, como base de la vida
social; pero los intereses individuales y colectivos han de estar
subordinados siempre al bien común de la Nación, constituida por las
generaciones pasadas, presentes y futuras. La Ley ampara por igual el
derecho de todos los españoles.
VI
Las entidades naturales de la vida social, familia,
municipio y sindicato, son estructuras básicas de la comunidad nacional.
Las instituciones y corporaciones de otro carácter que satisfagan,
exigencias sociales de interés general deberán ser amparadas para que
puedan participar eficazmente en el perfeccionamiento de los fines de la
comunidad nacional.
VII
El pueblo español, unido en un orden de Derecho,
informado por los postulados de autoridad, libertad y servicio,
constituye el Estado Nacional. Su forma política es, dentro de los
principios inmutables del Movimiento Nacional y de cuanto determinan la
Ley de Sucesión y demás Leyes fundamentales, la Monarquía tradicional,
católica, social y representativa.
VIII
El carácter representativo del orden político es
principio básico de nuestras instituciones públicas. La participación
del pueblo en las tareas legislativas y en las demás funciones de
interés general se llevará a cabo a través de la familia, el municipio,
el sindicato y demás entidades con representación orgánica que a este
fin reconozcan las leyes. Toda organización política de cualquier índole
al margen de este sistema representativo será considerada ilegal.
Todos los españoles tendrán acceso a los cargos y
funciones públicas, según su mérito y capacidad.
IX
Todos los españoles tienen derecho: a una justicia
independiente, que será gratuita para aquellos que carezcan de medios
económicos; a una educación general y profesional, que nunca podrá dejar
de recibirse por falta de medios materiales, a los beneficios de la
asistencia y seguridad sociales, y a una equitativa distribución de la
renta nacional y de las cargas fiscales. El ideal cristiano de la
justicia social, reflejado en el Fuero del Trabajo, inspirará la
política y las leyes.
X
Se reconoce al trabajo corno origen de jerarquía, deber
y honor de los españoles, y a la propiedad privada, en todas sus formas,
como derecho condicionado a su función social. La iniciativa privada,
fundamento de la actividad económica, deberá ser estimulada, encauzada
y, en su caso, suplida por la acción del Estado.
XI
La empresa, asociación de hombres y medios ordenados a
la producción, constituye una comunidad de intereses y una unidad de
propósitos. Las relaciones entre los elementos de aquélla, deben basarse
en la justicia y en la reciproca lealtad, y los valores económicos
estarán subordinados a los de orden humano y social. |
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XII
El Estado procurará por todos los medios a su alcance
perfeccionar la salud física y moral de los españoles y asegurarles las
más dignas condiciones de trabajo; impulsar el progreso económico de la
Nación con la mejora de la agricultura, la multiplicación de las obras
de regadío y la reforma social del campo; orientar el más justo empleo y
distribución del crédito público; salvaguardar y fomentar la prospección
y explotación de las riquezas mineras; intensificar el proceso de
industrialización; patrocinar la investigación científica y favorecer
las actividades marítimas, respondiendo a la extensión de nuestra
población marinera y a nuestra ejecutoria naval.
En su virtud, |
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DISPONGO:
Articulo primero.-
Los principios contenidos en la presente Promulgación,
síntesis de los que inspiran las Leyes fundamentales refrendadas por la
Nación en veintisiete de Julio de mil novecientos cuarenta y siete,
(ver corrección más abajo) son, por su
propia naturaleza permanentes e inalterables.
Articulo segundo.-
Todos los órganos y autoridades vendrán obligados a su
más estricta observancia. El juramento que se exige para ser investido
de cargos públicos habrá de referirse al texto de estos Principios
fundamentales.
Articulo tercero.-
Serán nulas las Leyes y disposiciones de cualquier
clase que vulneren o menoscaben los Principios proclamados en la
presente Ley fundamental del Reino.
Dada en el Palacio de las Cortes en la solemne sesión
del diecisiete de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho.
FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE
13 junio 1958 - B. O. del E.
Num. 141
DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
CORRECC1ON de errata de la Ley Fundamental de 17 de
mayo de 1958 que promulgaba los Principios del Movimiento Nacional.
Habiéndose observado error en la Inserción de dicha
Ley, publicada en el B0LETIN OFICIAL DEL ESTADO número 119
correspondiente al día 19 de mayo de 1958, se rectifica debidamente a
continuación:
En el articulo primero, línea
segunda, donde dice: «... refrendadas por la Nación en 27 de julio de
1947...», debe decir: «... refrendadas por la Nación en seis de julio de
1947...».
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Rincón Literario
"La Patria es una unidad total, en que se integran todos
los individuos y todas las clases; la Patria no puede estar
en manos de la clase más fuerte ni del partido mejor
organizado. La Patria es una síntesis trascendente, una
síntesis indivisible, con fines propios que cumplir; y
nosotros lo que queremos es que el movimiento de este día, y
el Estado que cree, sea el instrumento eficaz, autoritario,
al servicio de una unidad indiscutible, de esa unidad
permanente, de esa unidad irrevocable que se llama Patria.
(...)
He aquí lo que exige nuestro sentido total de la Patria
y del Estado que ha de servirla.
Que todos los pueblos de España, por diversos que sean,
se sientan armonizados en una irrevocable unidad de destino.
Que desaparezcan los partidos políticos. Nadie ha
nacido nunca miembro de un partido político; en cambio,
nacemos todos miembros de una familia; somos todos vecinos
de un Municipio; nos afanamos todos en el ejercicio de un
trabajo. Pues si ésas son nuestras unidades naturales, si la
familia y el Municipio y la corporación es en lo que de
veras vivimos, ¿para qué necesitamos el instrumento
intermediario y pernicioso de los partidos políticos, que,
para unimos en grupos artificiales, empiezan por desunimos
en nuestras realidades auténticas?
Queremos menos palabrería liberal y más respeto a la
libertad profunda del hombre. Porque sólo se respeta la
libertad del hombre cuando se le estima, como nosotros le
estimamos, portador de valores eternos; cuando se le estima
envoltura corporal de un alma que es capaz de condenarse y
de salvarse. Sólo cuando al hombre se le considera así, se
puede decir que se respeta de veras su libertad, y más
todavía si esa libertad se conjuga, como nosotros
pretendemos, en un sistema de autoridad, de jerarquía y de
orden.
Queremos que todos se sientan miembros de una comunidad
seria y completa; es decir, que las funciones a realizar son
muchas: unos, con el trabajo manual; otros, con el trabajo
del espíritu; algunos, con un magisterio de costumbres y
refinamientos. Pero que en una comunidad tal como la que
nosotros apetecernos, sépase desde ahora, no debe haber
convidados ni debe haber zánganos.
Queremos que no se canten derechos individuales
de los que no pueden cumplirse nunca en casa de los
famélicos, sino que se dé a todo hombre, a todo miembro de
la comunidad política, por el hecho de serio, la manera de
ganarse con su trabajo una vida humana, justa y digna.
Queremos que el espíritu religioso, clave de los
mejores arcos de nuestra Historia, sea respetado y amparado
como merece, sin que por eso el Estado se inmiscuya en
funciones que no le son propias ni comparta –como lo hacía,
tal vez por otros intereses que los de la verdadera
Religión– funciones que sí le corresponde realizar por sí
mismo.
Queremos que España recobre resueltamente el sentido
universal de su cultura y de su Historia.
Y queremos, por último, que si esto ha de lograrse en
algún caso por la violencia, no nos detengamos ante la
violencia. Porque, ¿quién ha dicho –al hablar de "todo menos
la violencia"– que la suprema jerarquía de los valores
morales reside en la amabilidad? ¿Quién ha dicho que cuando
insultan nuestros sentimientos, antes que reaccionar como
hombres, estamos obligados a ser amables? Bien está, sí, la
dialéctica como primer instrumento de comunicación. Pero no
hay más dialéctica admisible que la dialéctica de los puños
y de las pistolas cuando se ofende a la justicia o a la
Patria.
Esto es lo que pensamos nosotros del Estado
futuro que hemos de afanamos en edificar."
(José Antonio
Primo de Rivera, Discurso de fundación de Falange
Española. Discurso pronunciado en el Teatro de la
Comedia de Madrid, 29 de octubre de 1933. Fuente:
http://es.wikisource.org/wiki/Discurso_de_fundaci%C3%B3n_de_Falange_Espa%C3%B1ola) |
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