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Ley de Calidad de la Educación
(LOCE)
(índice general)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO I - De los principios de calidad
Artículo 1.
Principios
CAPÍTULO II - De los derechos y deberes de
padres y alumnos
Artículo 2.
Alumnos
Artículo 3.
Padres
CAPÍTULO III - De las becas y ayudas al
estudio y de los premios y reconocimientos
Artículo 4.
Becas y ayudas al estudio
Artículo 5.
Premios y reconocimientos
CAPÍTULO IV - De los programas de cooperación
Artículo 6.
Programas de cooperación
TÍTULO I - De la estructura del Sistema
Educativo
CAPÍTULO I -
De los principios generales
Artículo 7.
Ámbito
Artículo 8.
Currículo
Artículo 9.
Enseñanza básica
CAPÍTULO II -
De la Educación Preescolar
Artículo 10.
Ámbito
CAPÍTULO III -
De la Educación Infantil
Artículo 11.
Principios generales
Artículo 12.
Objetivo
Artículo 13.
Organización
CAPÍTULO IV - De la Educación Primaria
Artículo 14.
Principios generales
Artículo 15.
Objetivo
Artículo 16.
Organización
Artículo 17.
Evaluación
Artículo 18.
Evaluación general de diagnóstico
Artículo 19.
Profesorado
CAPÍTULO V - De la Educación Secundaria
Artículo 20.
Ámbito
SECCIÓN 1ª DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA
OBLIGATORIA
Artículo 21.
Principios generales
Artículo 22.
Objetivo
Artículo 23.
Organización
Artículo 24.
Métodos
Artículo 25.
Medidas de refuerzo y apoyo
Artículo 26.
Itinerarios
Artículo 27.
Programas de iniciación profesional
Artículo 28.
Evaluación
Artículo 29.
Promoción
Artículo 30.
Evaluación general de diagnóstico
Artículo 31.
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
Artículo 32.
Profesorado
SECCIÓN 2ª DEL BACHILLERATO
Artículo 33.
Principios generales
Artículo 34.
Objetivo
Artículo 35.
Organización
Artículo 36.
Profesorado
Artículo 37.
Título de Bachiller
CAPÍTULO VI - De la Formación Profesional
Artículo 38.
Acceso
Artículo 39.
Convenios
CAPÍTULO VII - De la atención a los alumnos
con necesidades educativas específicas
SECCIÓN 1ª DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
PARA UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD
Artículo 40.
Principios
Artículo 41.
Recursos
SECCIÓN 2ª DE LOS ALUMNOS EXTRANJEROS
Artículo 42.
Incorporación al sistema educativo
SECCIÓN 3ª DE LOS ALUMNOS SUPERDOTADOS
INTELECTUALMENTE
Artículo 43.
Principios
SECCIÓN 4ª DE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES
Artículo 44.
Ámbito
Artículo 45.
Valoración de necesidades
Artículo 46.
Escolarización
Artículo 47.Recursos
de los centros
Artículo 48.Integración
social y laboral
TÍTULO II - De las enseñanzas de idiomas
Artículo 49.
Ámbito y estructura
Artículo 50.
Escuelas Oficiales de Idiomas
Artículo 51.
Realización de pruebas en el sistema escolar
TÍTULO III - Del aprendizaje permanente:
enseñanzas para las personas adultas
Artículo 52.
Objetivo
Artículo 53.
Enseñanza básica
Artículo 54.
Enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional
Artículo 55.
Profesorado
TÍTULO IV - De la función docente
Artículo 56.
Funciones del profesorado
CAPÍTULO I
- De la formación del profesorado
Artículo 57.
Principios
Artículo 58.
Formación inicial
Artículo 59.
Formación permanente
CAPÍTULO II
- De la valoración de la función pública docente
Artículo 60.
Planes de valoración
Artículo 61.
Evaluación voluntaria
Artículo 62.
Medidas de apoyo al profesorado
TÍTULO V - De los centros docentes
CAPÍTULO I - De los principios generales
Artículo 63.
Régimen jurídico
Artículo 64.
Clasificación de centros
Artículo 65.
Tipología de centros
Artículo 66.
Centros docentes con especialización curricular
Artículo 67.
Autonomía de los centros
Artículo 68.
Autonomía pedagógica
Artículo 69.
Autonomía organizativa
Artículo 70.
Autonomía de gestión económica
CAPÍTULO II - De los centros públicos
Artículo 71.
Denominación de los centros públicos
Artículo 72.
Admisión de alumnos
CAPÍTULO III - De los centros privados
Artículo 73.
Carácter propio de los centros privados
Artículo 74.
Centros privados en el exterior
CAPÍTULO IV - De los centros concertados
Artículo 75.
Conciertos
Artículo 76.
Módulos del concierto
CAPÍTULO V - De los órganos de gobierno,
órganos de participación en el control y gestión y órganos de
coordinación de los centros docentes públicos
SECCIÓN 1ª PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 77.
Principios
Artículo 78.
Tipos de órganos
SECCIÓN 2ª ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 79.
Director
Artículo 80.
Equipo directivo
SECCIÓN 3ª ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL
CONTROL Y GESTIÓN DE LOS CENTROS
Artículo 81.
Consejo Escolar
Artículo 82.
Atribuciones del Consejo Escolar
Artículo 83.Claustro
de profesores
Artículo 84.
Atribuciones del Claustro de profesores
SECCIÓN 4ª ÓRGANOS DE COORDINACIÓN
Artículo 85.
Órganos de coordinación docente
CAPÍTULO VI - De la selección y nombramiento
del Director de los centros docentes públicos
Artículo 86.
Principios
generales
Artículo 87.
Requisitos
Artículo 88.
Procedimiento de selección
Artículo 89.
Nombramiento
Artículo 90.
Duración del mandato
Artículo 91.
Nombramiento con carácter extraordinario
Artículo 92.
Apoyo al ejercicio de la función directiva
Artículo 93.
Cese del Director
Artículo 94.
Reconocimiento de la función directiva
TÍTULO VI - De la evaluación del sistema
educativo
Artículo 95.
Ámbito de la evaluación
Artículo 96.
Instituto Nacional de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo
Artículo 97.
Evaluaciones generales de diagnóstico
Artículo 98.
Sistema Estatal de Indicadores de la Educación
Artículo 99.
Plan de Evaluación General del Sistema
Artículo 100.
Publicación de los resultados de las evaluaciones
Artículo 101.
Otros planes de evaluación
TÍTULO VII - De la inspección del sistema
educativo
Artículo 102.
Inspección del sistema educativo
CAPÍTULO I - De la Alta Inspección
Artículo 103.
Ámbito
Artículo 104.
Competencias
CAPÍTULO II - De la inspección educativa
Artículo 105.
Funciones
Artículo 106.
Organización de la inspección educativa
Artículo 107.
Formación de los Inspectores de Educación
DISPOSICIONES
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera.
Del calendario de aplicación de la Ley
Disposición adicional segunda.
Del área o asignatura de Sociedad, Cultura y Religión
Disposición adicional tercera.
De los libros de texto y demás materiales curriculares
Disposición adicional cuarta.
Del calendario escolar
Disposición adicional quinta.
Sobre la admisión de alumnos en los centros sostenidos con fondos
públicos en caso de no existir plazas suficientes
Disposición adicional sexta. De
los centros que estén autorizados para impartir el primer ciclo de
Educación Infantil
Disposición adicional séptima.
De los centros autorizados para impartir la modalidad de Ciencias de
la Naturaleza y de la Salud y la modalidad de Tecnología en
Bachillerato
Disposición adicional octava.
Bases del régimen estatutario de la función pública docente
Disposición adicional novena.
Creación de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de
Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de
Artes Plásticas y Diseño
Disposición adicional décima.
Funciones de los Cuerpos de Catedráticos
Disposición adicional undécima.
Carrera docente
Disposición adicional duodécima.
Del título profesional de Especialización Didáctica
Disposición adicional decimotercera.
Concertación de los Programas de Iniciación Profesional
Disposición adicional decimocuarta.
Centros integrados de Formación Profesional
Disposición adicional decimoquinta.
De la información de carácter tributario
Disposición adicional decimosexta.
Participación de los Directores
Disposición adicional decimoséptima.
Doble titulación
Disposición adicional decimoctava.
Concertación de la Educación Infantil
Disposición adicional decimonovena.
Progresividad en el acceso al régimen de conciertos
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Disposición transitoria primera.
De la duración del mandato de los órganos de gobierno de los centros
Disposición transitoria segunda.
De la adaptación de los centros que imparten Educación Infantil
Disposición transitoria tercera.
Adquisición de la categoría de Director
Disposición transitoria cuarta.
Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes
Disposición transitoria quinta.
Vigencia de normas reglamentarias
Disposición transitoria sexta.
Transformación de los conciertos
Disposición transitoria séptima.
Disposición derogatoria única
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera.
Modificaciones de la Ley Orgánica 8/1985,de 3 de julio, reguladora
del Derecho a la Educación
Disposición final segunda.
Modificación de la Ley Orgánica 1/1990,de 3 de octubre, de
Ordenación General del Sistema Educativo
Disposición final tercera.
De las referencias a la condición de Catedrático y
al término «enseñanzas comunes»
Disposición final cuarta.
Modificación de la Ley Orgánica 9/1995,de 20 de noviembre, de
Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes
Disposición final quinta. De los
Inspectores de Educación
Disposición final sexta. Del
título competencial
Disposición final séptima.
Vigencia de la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de
la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional
y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la
autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no
universitarios
Disposición final octava. De la
alta inspección
Disposición final novena.
Desarrollo de la presente Ley
Disposición final décima. Del
carácter de Ley Orgánica de la presente Ley
Disposición final undécima. De
la entrada en vigor |