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DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO HISPANO-AMERICANO (1887-1910)

Índice


 

 

CATOLICISMO, dogmas de la religión católica

CATOLICISMO (dogmas) (1) (2) (3) (4) (5)

Después de la teoría de los dos cultos, de honor y de adoración, corresponde ahora estudiar los dogmas de la justificación, de la satisfacción y de la comunión de los Santos. Todos los católicos creen que sus pecados les son perdonados por la misericordia divina, a causa de Jesucristo, según los mismos términos del concilio de Trento, que añade además: "somos justificados gratuitamente porque ninguna de las cosas que preceden a la justificación, sea la fe, sean las obras, pueden merecer esta gracia. La justicia de Jesucristo es no solamente imputada, sino actualmente comunicada a sus fieles por medio del Espíritu Santo, de manera que no solamente son reputados, sino hechos justos por su causa. El protestantismo no admite otro principio de justificación que la fe y la gracia; declara la fe y la gracia necesarias y las obras inútiles; la Iglesia católica enseña que la vida eterna debe ser propuesta u ofrecida a los hijos de Dios como una gracia, que misericordiosamente se les promete, por mediación de Nuestro Señor Jesucristo, y como una recompensa a sus buenas obras y méritos, en virtud de esta promesa. En estos términos se expresó el concilio de Trento, y, según sus enseñanzas, el dualismo fe y obras, gracia y libre albedrío, parece afirmado contra el protestantismo; pero, en realidad, examinando detenidamente la cuestión, se ve que el catolicismo se refiere siempre a la unidad gracia, temiendo, sin duda, que el orgullo humano no se excitase, por la creencia de un mérito presuntuoso.

La Iglesia católica enseña que todo el valor y mérito de las obras cristianas provienen de la gracia santificante, que se da gratuitamente a los fieles en nombre de Jesucristo: que si la cooperación de la voluntad a la gracia es necesaria para la salvación eterna, el libre albedrío nada puede hacer que no conduzca a la felicidad eterna en tanto cuanto es movido por el Espíritu Santo; que este divino Espíritu es quien hace en nosotros por su gracia todo el bien que hacemos; que la palabra mérito no significa otra cosa que el valor, el precio y la dignidad de esas obras que se ejecutan por la gracia; que la bondad de Jesucristo es tan grande para con los hombres que quiere que los dones que los hace sean sus méritos, y que corone en realidad sus dones al coronar sus méritos.

El catolicismo enseña que solamente Jesucristo, Dios y Hombre verdadero al mismo tiempo, era capaz por la infinita dignidad de su persona de ofrecer a Dios una satisfacción suficiente para nuestros pecados. Mas habiéndolos satisfecho superabundantemente, ha podido aplicarnos esta infinita satisfacción de dos maneras: o bien dándonos una entera absolución, sin reservar ninguna pena, o bien conmutando una pena mayor por otra menor, es decir, la pena eterna por una pena temporal. Como la primera manera es la más completa y más conforme a su infinita bondad; la emplea primeramente en el Sacramento del Bautismo, y se sirve también de la segunda manera por la remisión que ofrece a los bautizados que vuelven a caer en el pecado, viéndose obligado, en cierto modo, por la ingratitud de los que han abusado de sus primeros dones, a imponerles alguna pena temporal, aunque la eterna les sea remitida. Esta distinción de dos satisfacciones, una eterna y otra temporal, la niega el protestantismo que, considerando la primera como plena y absolutamente suficiente, no encuentra ninguna razón de ser ni ninguna utilidad a la segunda; pero, dice Bossuet: "seríamos injuriosos e ingratos para con el Salvador si osáramos disputarle la infinitud de su mérito bajo el pretexto de que, al perdonarnos el pecado de Adán, no nos descarga al mismo tiempo de todas sus consecuencias, dejándonos sujetos a la muerte y a tantas enfermedades materiales y espirituales como aquel pecado nos ha causado.


 

Basta que Jesucristo haya pagado una vez el precio por el cual seremos algún día enteramente libres de todos los males que nos abruman; a nosotros corresponde recibir con humildad y con acción de gracias cada parte de su beneficio, considerando el progreso, en el cual le place adelantar nuestra libertad, según el orden que su infinita sabiduría ha establecido para nuestro bien y por una más clara manifestación de su bondad y de su justicia."
 

Por una razón semejante no debemos encontrar extraño que Aquél que nos ha mostrado una tan gran facilidad en el bautismo, se presente más difícil para con nosotros después que hemos violado las santas promesas. Es justo, y aun es saludable para nosotros, que Dios, al remitirnos el pecado con la pena eterna que habíamos merecido, exija de nosotros alguna pena temporal, para retenernos en el deber por miedo a que, al salir demasiado prontamente de los lazos de la justicia, no nos abandonáramos a una temeraria confianza.

Las penas llamadas canónicas impuestas por la Iglesia católica a los penitentes se fundan en la necesidad de la satisfacción temporal por obras satisfactorias. La Iglesia, que impone estas penas, puede dulcificarlas por consideración ya al fervor de los penitentes, ya por consideración a otras buenas obras que les prescribe, y de aquí las indulgencias. El concilio de Trento no exige que se crea sobre este asunto sino que el poder de concederlas ha sitio dado a la Iglesia por Jesucristo, que su uso es saludable, a lo cual añade que debe ser concedido con moderación siempre, por temor a que la disciplina eclesiástica no sea enervada por una excesiva facilidad.

El dogma de la satisfacción temporal nos conduce al del Purgatorio y a la distinción de consideración católica entre pecado venial y pecado mortal. Aquéllos que abandonan esta vida con la gracia y la caridad, pero merecedores sin embargo de penas que la justicia divina se ha reservado, las sufren en la otra vida en un lugar llamado Purgatorio. En este mismo lugar se expían los pecados veniales, llamados así porque no dan la muerte al alma y no son incompatibles con el estado de gracia.

Al dogma del Purgatorio se une la fe en la eficacia de las oraciones, de las limosnas y de los sacrificios ofrecidos por el alma de los fieles que murieron en la paz y en la comunión de la Iglesia. El protestantismo, que niega la satisfacción temporal, rechaza al mismo tiempo las indulgencias, la distinción entre pecado mortal y pecado venial, y la eficacia de las oraciones por los muertos; todas estas negaciones del protestantismo se encadenan y están íntimamente relacionadas, como las afirmaciones católicas a que se oponen.

Como la gracia que procede de Jesucristo es el origen de todos los méritos de los católicos, y por sí sola da valor a nuestras satisfacciones, se hace preciso comprender bien que éstas no son, después de todo, mas que una aplicación de la satisfacción de Nuestro Señor Jesucristo. "Esta misma consideración, dice Bossuet, debe apaciguar a los que se ofenden cuando decimos que a Dios le es tan agradable la caridad fraternal y la comunidad de los Santos, que con frecuencia Él mismo recibe las satisfacciones que nosotros le ofrecemos los unos por los otros. Parece, añade Bossuet, que esos señores no conciben cuánto todo lo que nosotros somos es de Dios, ni cuánto todas las consideraciones que su bondad le hace tener para los fieles, que son los miembros de Jesucristo, se relacionan necesariamente con ese divino Maestro. Mas cierto es que aquéllos que han leído y que han considerado que Dios mismo inspira a sus servidores el deseo de mortificarse por el ayuno, no solamente por sus pecados, sino por los pecados de todo el pueblo, no se extrañarán, si decimos que tocado por el placer que tiene de gratificar a sus amigos, acepta misericordiosamente el humilde sacrificio de sus mortificaciones voluntarias, en disminución de los castigos que preparaba a su pueblo, lo que demuestra que, satisfecho por los unos, quiere bien dulcificarse para con los otros, honrando por este medio a su Hijo Jesucristo en la comunión de sus miembros y en la sociedad de su cuerpo místico."

Esta comunión o comunicación de los méritos entre los individuos de la Iglesia se basa en la teoría católica de las obras subrogatorias. Las obras subrogatorias de los Santos pueden servir para pagar las deudas temporales de los pecadores y dispensarles de las obras satisfactorias. Pero, ¿cómo los Santos pueden tener un excedente de méritos? Esto resulta de la distinción que hacen los teólogos entre el dominio del mérito obligado de las obras de justicia, y el del mérito espontáneo del sacrificio, de las obras de consejo y de perfección. El dominio de la obligación y de la justicia está determinado, limitado; el dominio de la espontaneidad moral y religiosa, del sacrificio, de la perfección, es indefinido, ilimitado. El hombre, en tanto cuanto debe conformar su voluntad a la voluntad de Dios, no sabría idealmente merecer más allá de su deber; pero la voluntad divina, en tanto que se manifiesta exteriormente, y, por decirlo así, jurídicamente, delante de la del hombre, en tanto toma la forma de mandatos especiales neta y positivamente determinados, no puede obligar más que en ciertos limites más allá de los cuales el mérito humano puede empíricamente elevarse.
 

CATOLICISMO (1) (2) (3) (4) (5)





 

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Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano (vol. 4, págs. 998-1001 - editado: 19-12-2007)                    CATOLICISMO: dogmas católicos

 

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