Tratados de comercio
Son los convenios a que ajustan los pueblos sus relaciones mercantiles.
Los tratados suponen la reglamentación, la intervención del Estado en el comercio internacional, porque el libre cambio no ha menester de pacto ni
estipulación alguna. Esos convenios representan todavía la idea del antagonismo de los intereses nacionales, y han sustituido
a las luchas armadas por motivos comerciales, las intrigas de la diplomacia y la guerra de las tarifas arancelarias.
El sistema que condenaba las importaciones y quería favorecer la exportación no podía realizarse. Cada pueblo ha visto cerrados para su industria los mercados extranjeros, y ha necesitado, para que se le franqueen, manifestarse dispuesto
a abrir los suyos; de aquí las concesiones mutuas, la libertad de importar, otorgada como por excepción y privilegio, y la multiplicación de esas negociaciones, que buscando siempre la reciprocidad, han empezado por destruir las prohibiciones y se aplican ahora
a la reducción de los derechos de Aduanas.
Los tratados de comercio se fundan en la protección, la invocan y hasta pretenden asegurarla; pero van fatal
e inevitablemente al libre cambio. Por eso los proteccionistas los combaten con afán y los libre cambistas los promueven con entusiasmo.
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