Alquiler
Proponen algunos economistas esta palabra para significar, en general, la retribución fija de los capitales,
o sea, el tanto que éstos perciben en el préstamo; pero otros escritores quieren que signifique únicamente esa retribución cuando corresponde
a un capital de los que se llaman fijos.
Dado que el uso distingue, y la distinción es natural, entre las retribuciones del capital
fijo y las del circulante, parece lo más lógico adoptar una denominación genérica, que debe ser la de
interés para designar el precio satisfecho por el uso del capital, bajo cualquiera de sus formas, aplicando luego la de
alquiler o arriendo para los capitales fijos —tierras, máquinas, etc.,— y la de
rédito, para los capitales circulantes —dinero, materias primeras, etc.
En este sentido, el alquiler o arriendo no es más que una especie del interés y se rige por los principios generales que determinan la retribución fija de los
capitales. (V.
Interés).
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